Apoyo al Hospital de Cerdanya en el "Tratado de Barcelona"

En el título VIII del acuerdo bilateral, que se refiere a salud, trabajo y asuntos sociales, las máximas autoridades de la república francesa y del estado español afirman que "A través de intercambios regulares entre las administraciones y en el marco de las disposiciones europeas en la materia [las partes] se comprometen a facilitar el reconocimiento de títulos sanitarios y médicos en ambos países".

El tratado hace referencia directa a nuestro centro en el artículo 28.4 donde se habla de "mejorar el acceso a la atención sanitaria, incluida la urgente" y garantizar el continuum asistencial a la población transfronteriza.

Las partes recuerdan "la importancia que otorgan al buen funcionamiento del hospital binacional de Cerdanya ya su capacidad de agrupar a profesionales de ambos países en el seno de una misma estructura.

Se añade que se promoverá la toma de las "disposiciones y derogaciones necesarias", de acuerdo con las autoridades locales interesadas, que sean "necesarias para el buen funcionamiento" del Hospital de Cerdanya.

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