Resolución favorable al modelo fiscal de la AECT Hospital de Cerdanya en el marco del convenio de doble imposición franco-español
La ejecución del procedimiento amistoso entre España y Francia confirma la naturaleza binacional de la AECT Hospital de Cerdanya y pone fin a la doble imposición que afectaba a parte de sus profesionales
Puigcerdà, 10 de agosto de 2026.- La AECT Hospital de Cerdanya (AECT-HC) ha culminado con una resolución favorable el procedimiento iniciado a raíz de la situación fiscal que afectaba a una parte de sus profesionales transfronterizos, tras varios años de gestiones técnicas, institucionales y diplomáticas entre las autoridades competentes de España y Francia.
En el marco del procedimiento amistoso previsto en el Convenio entre el Reino de España y la República Francesa para evitar la doble imposición (Madrid, 10 de octubre de 1995), las autoridades fiscales de ambos Estados han acordado que, dada la singularidad de la entidad como agrupación europea de cooperación territorial con financiación y gobernanza compartidas, los rendimientos del trabajo de los profesionales transfronterizos residentes fiscales en Francia deben incluirse en el artículo 15 del Convenio, relativo a la regla general de las rentas del trabajo.
Esta interpretación implica que dichas remuneraciones deben tributar exclusivamente en Francia y que, en consecuencia, el Estado español elimina la doble imposición que se hubiera producido.
En ejecución de este acuerdo, la Agencia Tributaria española ha dictado resoluciones individuales mediante las cuales anula las liquidaciones provisionales practicadas en relación con el Impuesto sobre la Renta de No Residentes correspondiente, entre otros, al ejercicio 2020. Las notificaciones reconocen el derecho a la devolución de los importes ingresados y de los intereses de demora calculados desde la fecha de cada ingreso indebido. Todos los profesionales que habían sido objeto de una doble imposición han percibido los reembolsos correspondientes.
Desde el momento de su puesta en funcionamiento, la AECT-HC ha tratado la fiscalidad de sus trabajadores bajo los siguientes parámetros:
- Residentes fiscales en el Estado español: criterios de la Hacienda española.
- Residentes fiscales en Francia:
- Profesionales transfronterizos (declaran su residencia a menos de 20 km de la frontera): sin retención de IRPF y con retenciones directas al trabajador por parte del Tesoro Público francés.
- Profesionales residentes a más de 20 km: retención del 19 %, como en el caso de los profesionales no residentes de otros países miembros de la Unión Europea.
- Residentes no comunitarios: de acuerdo con los tratados entre los respectivos países (retención variable según el caso).
Este modelo se ha notificado cada año a las diferentes administraciones tributarias de manera nominal y de acuerdo con los procedimientos establecidos por estas, sin que se produjeran problemas hasta el año 2023.
En 2023, 33 personas trabajadoras de la AECT, consideradas trabajadores fronterizos y de nacionalidad española, recibieron notificaciones de la Administración tributaria española con el objetivo de regularizar su situación fiscal. Estas notificaciones se fundamentaban en la consideración de que la AECT-HC era una entidad pública dependiente de la Generalitat de Catalunya y, por tanto, integrada en la Administración del Estado.
Ante esta situación, el equipo directivo del Hospital de Cerdanya, con conocimiento del Comité Ejecutivo y con el apoyo de expertos fiscales, del CatSalut y del Departamento de Economía y Finanzas, respaldó a los profesionales afectados e impulsó las actuaciones necesarias para defender la naturaleza binacional de la entidad.
Durante todo este proceso, la dirección del Hospital y el Comité de Empresa han trabajado de manera coordinada, manteniendo una interlocución constante, con el objetivo de defender los derechos de los profesionales afectados y avanzar hacia una resolución estable y compartida. Esta unidad de acción ha sido un elemento clave para poder sostener la posición de la entidad hasta la resolución definitiva del caso.
Paralelamente, se establecieron contactos con el Tesoro Público francés, que consideró correcta la actuación seguida desde 2014 y promovió la activación del procedimiento amistoso entre ambos Estados para evitar la doble imposición. La resolución favorable se confirmó el pasado mes de octubre de 2025 y se ha ejecutado mediante las correspondientes resoluciones administrativas individuales.
Actualmente, con la devolución a los profesionales afectados de los importes que tuvieron que abonar y que son considerados doble imposición, la situación ha quedado resuelta.
El equipo directivo de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial - Hospital de Cerdanya quiere expresar su agradecimiento a los profesionales afectados por su implicación, perseverancia y trabajo conjunto a lo largo de todo el proceso.
Asimismo, quiere reconocer públicamente a todas las personas e instituciones que, a nivel técnico, político, diplomático o sindical, han trabajado para hacer posible esta resolución.
La resolución del procedimiento amistoso supone un reconocimiento explícito de la binacionalidad y de la esencia transfronteriza de la AECT Hospital de Cerdanya, un elemento que el equipo directivo considera de una importancia estratégica relevante.
A nivel procedimental, la AECT-HC queda legitimada para continuar aplicando los mismos criterios de tributación a sus profesionales, sin perjuicio de la responsabilidad individual en la declaración final de los impuestos.
Finalmente, el equipo directivo considera que, más allá de esta resolución fiscal, es necesario continuar trabajando para avanzar en el reconocimiento de los profesionales de la AECT-HC como verdaderos trabajadores transfronterizos y en la progresiva homogeneización de sus condiciones laborales.